CADIME. Suplementos de vitamina D: de la sobremedicación a la deprescripción.
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- En los últimos años se ha observado
interés creciente por la determinación de los niveles plasmáticos de
vitamina D y la prescripción de suplementos.
- Como causas de este interés se han
señalado: la controversia en cuanto a los valores plasmáticos adecuados,
la gran variabilidad de las determinaciones analíticas, una supuesta
pandemia de hipovitaminosis D, la atribución de beneficios extraóseos e
importantes intereses económicos.
- La vitamina D se debería utilizar
exclusivamente para mantener la salud ósea. El nivel plasmático de
vitamina D considerado adecuado es de 20 ng/ml (50 nmol/l) de 25(OH)-D.
El NICE considera como deficiencia de vitamina D valores plasmáticos ˂10
ng/ml (25 nmol/l).
- No está justificada la determinación
generalizada de los niveles plasmáticos en la población general. Tampoco
se han demostrado los supuestos beneficios óseos ni extraóseos en
personas sin síntomas de déficit.
- Existe un importante interés para
aplicar criterios de racionalización. Las administraciones sanitarias de
varios países recomiendan la determinación de vitamina D sólo a
pacientes o grupos de riesgo de deficiencia en los que esté indicado
tratar en caso de detectar un déficit.
- Los suplementos de vitamina D no se
recomiendan en la población general sin factores de riesgo de
deficiencia. Se recomiendan sólo en personas en las que está indicada la
determinación, cuando el resultado demuestre déficit y también en
situaciones concretas o grupos de población con factores de riesgo de
déficit, en éste último caso no es necesario determinación plasmática
previa.
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