La prescripción de fármacos en la mujer embarazada debe ser prudente realizando una valoración individualizada que tenga en cuenta su relación beneficio-riesgo, las alternativas y las consecuencias de no administrarlos. Además, hay que considerar el riesgo teratogénico basal o poblacional, así como los siguientes aspectos2,4,6:
– No existe una barrera fisiológica protectora entre el medio materno y el fetal. La mayoría de los medicamentos atraviesan la placenta, por lo que hay que asumir que el feto estará expuesto a los mismos en cierto grado (la insulina y las heparinas son algunas excepciones).
– El momento gestacional en el que se produce la exposición al fármaco condiciona el patrón y tipo de malformación. La valoración beneficio-riesgo debe extenderse a todo el embarazo y no sólo al primer trimestre.
– La absorción y acción de un fármaco puede ser diferente en función de la vía de administración: la sistémica puede aumentar el riesgo de teratogenia, mientras que la tópica podría no hacerlo.
– Utilizar la menor dosis eficaz y durante el menor tiempo posible.
– Elegir, siempre que se pueda, un tratamiento en monoterapia.
- Prescribir únicamente los fármacos estrictamente necesarios. En todo embarazo existe un riesgo basal o poblacional de defectos congénitos.
Ningún fármaco es 100% seguro ni 100% nocivo en el embarazo.
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