Las únicas restricciones encontradas en relación a pacientes en
tratamiento por una tuberculosis pulmonar (TBP), referidas a viajes en
avión, es la de que sean negativos para Mycobacterium tuberculosis en dos muestras de esputo consecutivas.
En función de la situación epidemiológica y de la lesgislación de los
países a los que vaya a viajar, puede ser necesarios determinados
requisitos que convendrá revisar en la información que el Ministerio de
Sanidad ofrece para viajes internacionales (Ver en estos enlaces: https://www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/viajesInter/home.htm y en https://www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/consejos.htm#antes.)
http://www.murciasalud.es/preevid.php?op=mostrar_pregunta&id=22440&idsec=453
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