El pasado día 14 de diciempre se presentó el "documento de atención sanitaria a personas detenidas en el municipio de Alicante", estableciendose que de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas y sábados de 8:00 a 15:00 horas nuestro centro de salud entrará en el turno rotatorio establecido por la Dirección Territorial (periodo 2016). A ese respecto javier propone repasar los aspectos más relevantes relativos a la atención a un detenido.
- El médico de familia debe conocer la amplia normativa que regula su actividad diaria.
- La atención al detenido posee unas características especiales, con posibles interpretaciones erróneas sobre quién debe responsabilizarse de ella.
- El médico de familia es el garante de la primera atención de los ciudadanos, incluido el detenido.
- El médico de familia es responsable de la atención cuando el detenido aún no ha sido puesto a disposición judicial.
- El médico forense es responsable de la atención al detenido puesto a disposición judicial.
- El juez podrá determinar que dicha responsabilidad recaiga en el médico de familia.
La atención médica a una persona detenida provoca controversias y es fuente de conflictos entre profesionales de la Salud, Justicia e Interior, sobre todo en referencia a la responsabilidad en la exploración y asistencia de estas personas. La amplia normativa al respecto hace que el médico de familia se encuentre a veces en la tesitura del desconocimiento de la norma y de dudar sobre el correcto proceder. A lo largo de texto se ha intentado reflejar los aspectos fundamentales sobre la atención sanitaria al detenido y que se encuentran en la legislación internacional, la nacional y la específica al respecto. Se establecen protocolos y algoritmos que ayudarán al lector a comprender más y mejor las claves en la atención a personas detenidas, como la obligación o no en la atención por parte del médico de familia, responsabilidad, procedimientos que se deben seguir, y derivación a otros estamentos. Por último, se incorporan a las citas bibliográficas textos de ampliación para facilitar su comprensión. AMF 2011;7(8):434-439.
Sesión detenido protocolo Atención Primaria from José Javier
Documentación de interés...
Excepciones recogidas en la Ley de Autonomía del paciente, en las que el sanitario podrá actuar, aun sin disponer de la autorización del paciente (Artículo 9 de la Ley 41/2002).
- Aspectos específicos de los documentos médico-legales.
- Atención al detenido. AMF 2011;7(8):434-439.
- Atención al detenido, textos legales. AMF 2011;7(8):434-439.
Excepciones recogidas en la Ley de Autonomía del paciente, en las que el sanitario podrá actuar, aun sin disponer de la autorización del paciente (Artículo 9 de la Ley 41/2002).
- Cuando existe riesgo para la salud pública a causa de razones sanitarias establecidas por la Ley. Una vez adoptadas las medidas pertinentes es necesario comunicarlo a la Autoridad Judicial.
- Cuando existe riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo y no es posible conseguir su autorización. Cuando las circunstancias lo permitan, se podrá consultar a sus familiares o a las personas vinculadas de hecho al paciente.
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